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30 de junio de 2008

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[fusion_dropcap color="var(--awb-color2)" class="fusion-content-tb-dropcap"]E[/fusion_dropcap]n el próximo curso comenzará en nuestra Comunidad Autónoma la implantación de las asignaturas denominadas “Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos” (Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria) y “Educación Ético-Cívica” (cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria).

Miles de padres, apoyados en el artículo 16 de la Constitución, que ampara la libertad religiosa e ideológica, y en el artículo 27.3, que garantiza “el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”, han recurrido o están recurriendo a la objeción de conciencia ante la imposición obligatoria de estas asignaturas a todos los alumnos.

Están convencidos los padres objetores de que el análisis crítico de los contenidos de estas materias, tal y como éstos aparecen en los Reales Decretos, manifiesta la falta de una antropología coherente que no lleve al relativismo del “todo vale”; que derivan explícita o implícitamente a aspectos de la educación afectivo-emocional o de identidad de la persona -varón o mujer- , de la familia, etc., que chocan con sus convicciones religiosas y morales, hasta resultar para los mismos inaceptables en conciencia, aunque vengan avaladas por determinadas leyes emanadas de los Órganos legislativos. Los contenidos de la mayor parte de los textos hasta ahora aparecidos confirman las certezas de los padres y madres objetores.

No es lo mismo ética que legalidad. La conciencia, como sabemos, es el ámbito personal e íntimo que merece el máximo respeto. Añádase que a la hora de la evaluación ha de tenerse en cuenta la asimilación y asunción que en su vida hayan hecho los alumnos de los contenidos de tales asignaturas.

En una sociedad democrática las convicciones y la moral son de los ciudadanos. No deben marcarlas los Gobiernos de turno so pena de caer en posturas doctrinarias, como ha sido habitual en todos los regimenes totalitarios.

Si de lo que realmente se tratara, como se ha dicho, fuera de enseñar y asimilar los contenidos de la Constitución y los Derechos Humanos universalmente reconocidos y aceptados, como sucede en otros países, es seguro que nadie hubiera puesto reparos. ¿No será posible llegar todavía a un consenso? Por ello abogamos y abogan quienes quieren ser ciudadanos ejemplares sin tener que traicionar sus convicciones más íntimas.

Los ciudadanos tienen la obligación de cumplir sus deberes, pero también exigir sus derechos. Por eso, es legítimo que los padres apelen a cualquier recurso, incluida la objeción de conciencia, sin más límites que los impuestos por la Constitución, si ven, como es el caso, lesionados sus mismos derechos constitucionales.

Me han preguntado reiteradamente mi opinión sobre este contencioso. Los obispos nos hemos pronunciado reiteradamente al respecto, afirmando que “el Estado no puede imponer legítimamente ninguna formación de la conciencia moral de los alumnos al margen de la libre elección de los padres”. Y, además, hemos abogado siempre por el consenso.