6 de septiembre de 2008

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Primer auto judicial favorable a los objetores en Castilla-La Mancha de EpC

Un auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Albacete, ha decretado la suspensión cautelar de cursar Educación para la Ciudadanía a los primeros padres en llevar la asignatura a los tribunales.

Según dicho auto, la apariencia de buen derecho concurre en los argumentos de los padres recurrentes “al conocerse por este juzgado la existencia de un número cada vez más elevado de procedimientos que se tramitan en el Estado español, cuyo objeto procesal es coincidente y en los que ya ha caído resolución jurisdiccional reconociendo el derecho de los progenitores al ejercicio de los derechos contenidos en el artículo 27.3 de la Constitución Española”. El auto prosigue en sus conclusiones finales aceptando la tesis del Ministerio Fiscal favorable a la suspensión cautelar según la cual, en caso de obtener los padres finalmente una sentencia estimatoria, “la obligatoria asistencia, estudio y evaluación de sus hijos menores a las clases en las que se imparten los contenidos de las asignaturas sobre las que se pretende el ejercicio de la objeción de conciencia, ya se habría producido y los daños que se hubieran podido causar a dichos menores necesariamente habrían de ser calificados como de imposible reparación”.

Actualmente el movimiento objetor cuenta con 40 sentencias favorables de los tribunales superiores de Andalucía, La Rioja y Aragón, y con más de 70 autos judiciales accediendo a medidas cautelares como las del Juzgado de Albacete, mientras que sólo en Asturias han tenido una sentencia parcialmente desfavorable. Caridad Navarro, presidenta de CONCAPA de Albacete, declara que, “este auto judicial de Albacete es otro espaldarazo más para los padres objetores, que no inventamos nada ni somos extremistas sino que simplemente somos padres bien informados dispuestos a defender nuestros derechos, los tribunales que nos están apoyando en toda España vienen a confirmar que, al contrario de lo que ocurre en la Unión Europea, en EpC se enseña algo más que Constitución y Derechos Humanos”.

EpC son las siglas con las que este movimiento objetor ha denominado a un grupo de cuatro asignaturas que bajo diversas denominaciones se impartirán en 5º de Primaria, 2º y 4º de Secundaria y 1º de Bachillerato, «y que ha supuesto quitar 200 horas de otras asignaturas en uno de los peores sistemas educativos de Occidente, según informes internacionales, lo cual demuestra la carga ideológica de este proyecto» –dice CONCAPA de Albacete. “Estas asignaturas han sido utilizadas por el laicismo, una corriente de pensamiento tan respetable como cualquier otra pero que también tiene una versión radical. Persigue que los niños rechacen la formación moral de su familia y la sustituyan por una moral que llaman universal, y que no es más que su moral particular, principalmente basada en que la sociedad cambie a Dios por el Estado, acepte interiormente las leyes como si fueran mandamientos y tenga a los legisladores como pontífices. La sociedad civil tiene la obligación de acatar las leyes, siempre que respeten los derechos fundamentales que le pertenecen. La clave de un poder público bien ordenado, al servicio de todos, está en velar por un marco de convivencia en libertad. Precisamente los derechos fundamentales garantizan un ámbito de libertad moral para que las personas puedan actuar y educar a sus hijos en conciencia, En consecuencia, no aceptamos que nuestra moral sea depurada en la escuela ni nuestros hijos vejados por sus opiniones o adoctrinados en lo políticamente correcto”.

El entonces Consejero de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, José Valverde, reflejaba esta pugna entre familias y Estado el pasado 17 de abril en un Pleno de las Cortes Regionales diciendo: “El Estado tiene el deber de promover una moral pública basada en unos valores universales que nos afectan a todos y que para nada entran en conflicto con las diversas morales privadas, que deben mantenerse en otra esfera. La pregunta, en este caso concreto –a mi juicio- , no debe ser tanto si la parte de la formación moral que corresponde al Estado es conforme a las posiciones religiosas o morales de los padres o tutores, sino si la formación moral que corresponde a padres y tutores es conforme a los objetivos de la educación entre los que se encuentra el respeto a los valores constitucionales».

Para Caridad Navarro el hecho de que esta asignatura sea obligatoria y evaluable va contra la Constitución y, aunque muchas editoriales han suavizado los contenidos por razones comerciales, los decretos dicen bien claro que nuestros hijos serán evaluados de acuerdo a las opiniones y actitudes que la EpC quiere inculcar al margen de los padres. Esto constituye un ataque a su intimidad, así como al derecho a no declarar sobre contenidos de conciencia y al derecho de los padres a tutelar la formación de los hijos (art. 27.3 de la Constitución), algo inaceptable y propio de estados totalitarios.

La Consejería de Educación empezó a contestar este verano a los primeros recursos alegando que los padres no tienen derecho a objeción, razón por la que en agosto se presentaron los primeros contenciosos por una vía judicial rápida «De Protección de Derechos Fundamentales», que es donde se ha producido este primer auto de medidas cautelares.