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30 de marzo de 2020

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En el Boletín oficial del Estado (BOE) de hoy 30/3/2020, el Ministerio de Sanidad ha publicado los siguientes puntos respecto a los velatorios y ceremonias de culto religioso.

Tercero. Velatorios.
Se prohíben los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, así como en los domicilios particulares.

Quinto. Ceremonias civiles o de culto religioso.
Se pospondrá la celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres hasta la finalización del estado de alarma, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el párrafo siguiente.
La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de tres familiares o llegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto. En todo caso, se deberá respetar siempre la distancia de uno a dos metros entre ellos.